martes, 21 de octubre de 2008

Participación Ciudadana: Una disyuntiva


Javier López-Osorio

Cuando hablamos sobre la pertinencia de una ley, seguramente hay que conocer cuál es su finalidad, los motivos que mueven ésta reglamentación, en base a ello podríamos, en todo caso, saber si es necesaria, si norma de acuerdo a conseguir una mejor convivencia de la sociedad. Además de cuestionar en cuanto a si se cumplen, con ella, los vacíos legislativos en la materia y si se contrapone o no a nuestros derechos constitucionales; individuales y sociales, ya establecidos.

Bajo estas premisas, analizaremos el contexto sobre la Iniciativa de Ley de Participación Ciudadana (PC) de Michoacán, presentada recientemente por las fracciones parlamentarias del PRD y Convergencia, en el Congreso local.

Desde hace muchos años ha existido la inquietud, principalmente de organizaciones ciudadanas, de lograr tener una legislación a este respecto. Recuerdo un buen número de reuniones donde se discutía sobre lo necesario de reglamentar la PC; algunos más escépticos argumentaban el para qué de éste tipo de regulación al considerar que con ello no se proponía cambiar el actual orden social, sino sólo se buscaba ampliar la participación ciudadana dentro de los ámbitos políticos establecidos. Otros, por su parte, explicaban la pertinencia de este tipo de norma, a condición de no limitar sino encauzar las expresiones y organización independiente y autónoma de las diferentes formas de manifestarse de la sociedad civil organizada, del pueblo organizado.

En cuanto a los componentes de la PC, generalmente han existido grandes debates. La experiencia nos indicaba que pocas acciones gubernamentales se podrían considerar exitosas; la mayoría se ha traducido en intentos de controlar, mediatizar y enajenar la PC, a través de instrumentos dilatorios o poco serios, que más que estimular la participación, provocaron enfrentamientos con la autoridad respectiva o una desmovilización ciudadana; incluso llegando a tal hartazgo de propiciar la cancelación de toda interlocución real y constructiva con las esferas gubernamentales: Un Consejo de la Ciudad de adorno del Presidente municipal en turno, una Casa de las Organizaciones de la Sociedad Civil administrada para fines mediáticos por la propia autoridad, infinidad de "consultas" realizadas por la parte oficial, más para legitimar sus intereses (apropiándose de la producción política de la sociedad civil y consiguiente enajenación de su trabajo), que para buscar enriquecerse con sus propuestas. 

Con esto quiero señalar que las autoridades deben entender que nuestra experiencia indica que este intento de normar la PC puede ser más de lo mismo, ser un montaraz gatopardismo de pretender cambio para que todo siga igual y que puede tratarse, como con otros muchos temas; seguridad, economía, educación, medio ambiente, etcétera, de una simple y muchas veces cínica simulación. No olvidemos una máxima que nos dice que quién hace la ley, hace la trampa

Cómo entonces convencer que ahora va en serio, de las bondades de una ley que no es impulsada por el propio movimiento ciudadano, sino por partidos políticos renuentes generalmente a la intromisión de los ciudadanos en asuntos de lo político, pues consideramos que algunos objetivos de la PC serían: Limitar el poder del Estado y realizar un control de su actuación vigilando sus abusos y violaciones a la ley para someterlos al escrutinio público; Suplir en muchos casos el papel de los partidos políticos en la estimulación de la participación política; Fomentar atributos democráticos; Creación de canales distintos a los partidos políticos, para la articulación y representación de intereses colectivos. Por ello las autoridades no deben sentirse extrañadas que ahora exista incertidumbre de la efectividad de esta legislación.

No es cuestión de introducir términos y conceptos ostentosos sino de lograr propiciar que este mandato legal impulse (y no limite) la participación de autonomía de la ciudadanía; fortalezca (y no debilite) la organización legítima de la sociedad civil; promueva (y no entorpezca) la distribución más democrática del poder, no sólo para la toma de decisiones o elaboración de políticas públicas, sino para propiciar cambios sustantivos del statu quo, de las políticas de Estado, sobre la configuración de estilos de desarrollo alternativos para el estado y el país.

La Ley de PC no puede nacer muerta, se hace necesaria una amplia discusión de sus alcances, ubicar realmente la "necesidad" de su creación, entendida como "sentimiento de una carencia y el esfuerzo de superarla", individual y socialmente, preguntándonos seriamente qué aspectos va a cubrir para dar continuidad a una normalidad democrática participativa, a quién y cómo beneficia atender esta necesidad y sus diferenciaciones entre clases y grupos sociales, no soslayemos que en nuestra sociedad haya claras tendencias de que un grupo (de poder) tienda a subordinar a otros para satisfacer sus propias necesidades. De modo que, muchas veces, el cubrir ciertas "necesidades" sólo refleja el carácter subordinado del otro grupo. Esto es, no está aclarado (demostrado en su Exposición de Motivo que retoma una posición emanada del IFE, dentro de los restringidos márgenes que da la democracia representativa, más "algo más") el concepto de "necesidad" de esta reglamentación al no precisar  su naturaleza social. 

Otro tópico por demás interesante es ligar el tema de las necesidades con el problema de la enajenación (transmitir a alguien el dominio de algo o algún otro derecho sobre ello) y alienación (considerada específicamente como pérdida de identidad desde el punto de vista psicológico o como proceso mediante el cual el individuo o una colectividad transforman su conciencia hasta hacerla contradictoria con lo que debía esperarse de su condición) que pueda darse con esta normatividad sobre la PC. Donde el Estado (enajenado a su vez por su ocupación por clases o alianzas de clase en desmedro de otras) se constituye apropiándose del poder social y el control social de la sociedad civil, constituyente fundamental de lo que conocemos como pueblo mexicano. Lo cual nos llevaría a considerar una posible reducción de los derechos fundamentales de la PC, al ser condicionada por los intereses de esos grupos dominantes. No olvidemos que la Constitución es muy clara en este sentido al señalar en su artículo 39 que "La soberanía nacional reside esencial y originalmente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de gobierno". 

Conviene andar con cuidado en las necesidades sociales de normar la PC, porque éstas pueden ser sólo expresión de un nuevo intento de su dominación.  

Rendijas

1.- Hoy se cumplen 825 horas del acto terrorista en Morelia. ¿Cuánto más tardará la legítima justicia? 

2.- "Señor no los perdones, bien saben lo que hacen" (Irepan Rico).

3.- ¿Alguien más pregunta en qué situación se encuentran los tres jóvenes detenidos en Zacatecas, en el contexto del S-15 en Morelia? 

4.- Kathy, la madre del periodista muerto en Oaxaca, Brad Will, por agentes del gobierno estatal comentó al respecto: "El pueblo mexicano es cálido, bondadoso…, pero su gobierno está comprometido con la impunidad".

5.- No es temor a la evaluación, comenta Eugenia, una maestra de Morelos: "A mí me evalúan todos los días los niños, los padres, el director de la escuela. Y me tienen confianza. Lo que me preocupa es para qué va a ser utilizada la evaluación de la ACE".

6.- "Ser maestro en Morelos hoy es un delito". 

7.- "Ojo por ojo, diente por diente, macanazos al Presidente, pa’ que vea lo que se siente", una sabia consigna de la movilización magisterial del 17 de octubre, en la Ciudad de México.

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